Más del 60% de casos que reciben asesoramiento jurídico gratuito están relacionados a Derecho de familia
Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta 07/08/2015 10:40El programa de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia brinda asesoramiento jurídico gratuito de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas en Santiago del Estero 2291.
Abogados del programa de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia brindan el servicio de asesoramiento jurídico gratuito y explican a la comunidad los principales cambios que se aplican desde el 1 de Agosto en el Código Civil y Comercial.
Entre las numerosas consultas jurídicas que se reciben en la oficina de Atención al Ciudadano el 65,13% están relacionadas a cuestiones de familia; el 21,83% a cuestiones civiles. Además del total, el 9,83% trata temas patrimoniales y el 2,52% a cuestiones penales.
A través de este programa se brinda asistencia, asesoramiento y orientación sobre temas de interés del ciudadano en forma totalmente gratuita, haciendo conocer los medios y vías idóneas para que los ciudadanos hagan efectivos sus derechos.
La Atención al Ciudadano se brinda en la sede del Ministerio de Justicia, Santiago del Estero 2291, de lunes a viernes de 8 a 15 horas. Se recomienda a quienes concurran llevar cualquier documentación que el interesado entienda que se relaciona con la consulta y puede ser útil al momento de ser asesorado tales como contratos, escrituras, partidas, recibos o notificaciones.
Derecho de familia
En cada consulta se explica además a los vecinos los cambios efectuados en el Código Civil y Comercial, entre ellos y los más relevantes para la vida cotidiana, son los relativos a las relaciones de familia. Dentro de las novedades más significativas, cabe reseñar:
En cuanto a los alimentos, el derecho a favor de los hijos y correlativa obligación alimentaria de los padres, está previsto hasta los 21 años y se estipula que, a tal efecto, nada deberá probar el hijo que reclama. Incluso, si continuara estudiando, la obligación se extendería hasta los 25 años, siempre que se acredite la continuidad en el estudio. Resulta novedoso también que hoy, al amparo de la reforma, se reconoce expresamente un valor económico, al cuidado que en forma personal ejercen los padres en relación a sus hijos, como un aporte a su sostenimiento.
Por otra parte, la nueva legislación produjo cambios importantes en las denominaciones de los institutos regulados. Entre las más notorias se encuentra la patria potestad, entendida como la responsabilidad de los padres respecto de sus hijos menores, que fue sustituida por el término “responsabilidad parental”. El actual Código Civil y Comercial establece que ésta responsabilidad será compartida como regla general, independientemente que los padres vivan juntos o no. Se regirá teniendo en cuenta el interés superior del niño. Además también se estipula expresamente el derecho de la niña, niño y adolescente, a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta según su edad y grado de madurez.
De igual manera, la denominada “tenencia de los hijos”, fue sustituida por la denominación “cuidado personal de los hijos”. Resulta muy importante la reforma en este sentido, pues al amparo de la nueva ley vigente, ese cuidado personal por regla general, será compartido entre ambos partes, suplantando la antigua regla que establecía que, en principio, los hijos menores de 5 años, debían encontrase bajo la tenencia de la madre. En esta mismo orden de ideas, lo que se conocía como “régimen de visitas” hoy se designa “derecho de comunicación”, reconociendo la amplitud de este derecho entre los hijos y padres que no conviven.
Fuente: Secretaria de Comunicación