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Nuevas medidas para contribuyentes de la Dirección General de Rentas

Ministerio de Economía y Servicios Públicos Noticias de Salta Rentas 03/04/2020 08:05

Se determinó la prórroga de vencimientos debido a la extensión de la cuarentena por la crisis sanitaria. El Secretario de Ingresos Públicos brindó detalles de estas medidas.

Nuevas medidas para contribuyentes de la Dirección General de Rentas

El secretario de Ingresos Públicos de la Cartera Económica, Diego Dorigato, anunció en conferencia de prensa nuevas medidas de la Dirección General de

El secretario de Ingresos Públicos de la Cartera Económica, Diego Dorigato, anunció en conferencia de prensa nuevas medidas de la Dirección General de Rentas (DGR). Recordó que estas determinaciones son dinámicas y tienen que ver con el día a día según la situación sanitaria.

“Prorrogamos la Feria Administrativa hasta el 20 de abril, es decir que no corre ningún plazo para contestar requerimientos o intimaciones hasta esta fecha, y esto implica también que no se aplicarán clausuras ni sanciones”, detalló el funcionario.

Además indicó que los vencimientos que operaban en marzo y habían sido prorrogados hasta el primero de abril, ahora se prorrogarán hasta el 17 de este mes, y los vencimientos correspondientes al período marzo que vencen en abril, se correrán una semana, para que en el caso de levantamiento de la cuarentena se puedan confeccionar las declaraciones juradas.

Por otro lado y respecto a la moratoria destacó que se va  a ampliar el plazo de adhesión hasta agosto ,  para aquellos contribuyentes que no hayan podido pagar enero, febrero o marzo.

Detalle de las medidas

·         Extensión de la Feria Administrativa hasta el 20 de abril inclusive, suspendiendo los plazos para contestar intimaciones, requerimientos, sumarios, recursos y demás trámites.

·         Extensión de la suspensión de la aplicación de clausuras e inspecciones

·         Extensión de la suspensión de ejecuciones fiscales

·         Prórroga de los vencimientos de la presentación y pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las Actividades Económicas, Inmobiliario Rural y Sellos vencidas entre el 16 y el 31 de marzo, hasta el 17 de abril.

·         Prórroga de los vencimientos y pagos de los anticipos del impuesto a las Actividades Económicas del período marzo, entre el 22 y el 27 de abril. 

·         Prórroga de los plazos para el pago del impuesto de Sellos hasta el 16 abril.


Fuente: secretaría de Comunicación

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