La cooperadora escolar no es obligatoria para inscribir a los alumnos
Ministerio de Educación y Cultura Noticias de Salta Educación 29/02/2016 16:00Aunque representa un aporte importante para las instituciones, el pago anual de la cooperadora o apoyo escolar en los establecimientos educativos provinciales no puede ser impuesto como obligación y condición de inscripción.
El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología informó que el aporte anual de la cooperadora o apoyo escolar en los establecimientos educativos es importante pero no obligatorio. Si bien, las escuelas utilizan los fondos para proyectos pedagógicos, insumos o requerimientos de cualquier índole, está prohibida la obligatoriedad de la contribución.
Desde la Secretaría de Gestión Administrativa y Recursos Humanos se elevó a las Direcciones de Nivel una circular que menciona los siguientes puntos:
Se informa a los directores de establecimientos educativos que el pago de la cooperadora escolar no es obligatorio.
Por lo tanto, el pago que efectúen voluntariamente los tutores de los alumnos, no deberá consignarse en el correspondiente recibo como “inscripción”.
Por otro lado, en el Cápitulo II del Reglamento General de Escuela, entre los fines principales de la Cooperadora Escolar no contempla el cobro de inscripción, dicho cobro sería contrario a los postulados de las Normas de rango superior.
Además, la inscripción es gratuita, de conformidad a los postulados de la Constitución de la Provincia de Salta, que específicamente en su artículo 49 reza: “La Educación pública estatal es gratuita…”
Asimismo, la Ley de Educación de la Provincia Nº 7546, en su artículo 7 inc. b) establece que “El Gobierno provincial garantizará: La gratuidad de la Educación impartida por los servicios de gestión estatal”.
Fuente: Secretaria de Comunicación