Bienvenidos al micrositio de la Secretaría de Prensa y Comunicación


Noticias, Partes de Prensa, Discursos, Agenda, Fotos y Videos del Gobierno de la Provincia de Salta.

Buscar

La AMT autorizó una readecuacion del 25% en el cuadro tarifario del transporte masivo para el área metropolitana

Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta Saeta 19/01/2022 05:56

La entrada en vigencia del nuevo cuadro tarifario, será a partir de las 00:00 horas del 01 de febrero del 2022.

La AMT autorizó una readecuacion del 25% en el cuadro tarifario del transporte masivo para el área metropolitana

La AMT autorizó una readecuacion del 25% en el cuadro tarifario del transporte masivo para el área metropolitana

El Directorio de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) dispuso autorizar la readecuación del cuadro tarifario del Sistema Masivo de Transporte de la Región Metropolitana de Salta.

La entrada en vigencia del nuevo cuadro tarifario, será a partir de las 00:00 horas del 01 de febrero del 2022.

 En la oportunidad, Saeta había solicitado un aumento del 30%, pero tras un estudio técnico-economico, se decidió otorgar un aumento del 25%.

A su vez, y teniendo en cuenta lo solicitado por Saeta, en virtud de lo decidido por  la Corte de Justicia de Salta en relacion a la Apelacion planteada por AMT Y SAETA, AMT autoriza la restitución de $1 (pesos uno) al valor del boleto. Cabe recordar que se trata de un porcentaje de incremento aprobado en el 2019 y que no había sido aplicado en virtud  de una Sentencia recaida en el Amparo Colectivo oportunamente interpuesto.

De esta manera, el boleto de colectivo pasa de $32, a $41. Este aumento se compone de un incremento del 25% y se le restituye  el valor de $1 (correspondiente al aumento de diciembre del año 2019), en virtud del Fallo de la Corte de Justicia de Salta. 

En su decisión, la AMT también ordena a Saeta a intensificar los controles de frecuencias sobre los servicios urbanos de pasajeros, cómo así también los controles sobre las unidades que prestan servicio en la región metropolitana de Salta.

Por otra parte, se instruye a las diferentes áreas de Saeta que desarrollen y planifiquen acciones conducentes en poder instrumentar y resolver las diferentes problemáticas planteadas en la Audiencia Pública celebrada por las personas participantes.

Con el nuevo incremento, el cuadro tarifario para los servicios del área metropolitana queda de la siguiente manera:

SERVICIOS A ROSARIO DE LERMA

 

 

SECC

B. COMUN

ABONO SOCIAL

SALTA

CERRILLOS

I

41.00

24.76

SAN MARTIN, CARMEN, PERCHEL

II

57.81

34.92

PASO NIVEL

III

66.08

39.90

ROSARIO DE LERMA

IV

73.73

44.54

PASO NIVEL, CARMEN, PERCHEL

ROSARIO DE LERMA

A

41.00

24.76

ACEQUIAS, Bº HUERTO, LAS BLANCAS

ROSARIO DE LERMA

I

41.00

24.76

CERRILLOS

ROSARIO DE LERMA

B

41.30

24.94

ACEQUIAS, Bº HUERTO, LAS BLANCAS

SALTA

B

41.30

24.94

 

 

 

 

 

SERVICIOS A ROSARIO DE LERMA DIRECTO

 

 

TARIFA ESPECIAL

ABONO SOCIAL

SALTA

R.LERMA

90.86

54.87

 

 

 

 

 

CORREDOR 4

 

 

 

 

 

SERVICIO ATOCHA

 

 

 

B. COMUN

ABONO SOCIAL

SALTA

YERBA BUENA

41

24.76

ATOCHA

EL CEIBAL

LA CIENEGA

SAN LORENZO

ATOCHA

 

 

 

 

 

CORREDOR 5

 

 

 

 

 

SERVICIOS A CHICOANA

 

 

SECC

B. COMUN

ABONO SOCIAL

SALTA

CERRILLOS

I

41.00

24.76

LA MERCED

II

57.81

34.92

EL CARRIL

III

82.00

49.53

CHICOANA

IV

98.51

59.50

 

LOCAL

A

41.00

24.76

 

2 LOCALIDADES

B

49.56

29.98

 

3 LOCALIDADES

C

74.32

44.90

 

 

 

 

 

CORREDOR 6

 

 

 

 

 

SERVICIOS LA CALDERA

 

 

SECC

B. COMUN

ABONO SOCIAL

SALTA

VAQUEROS

I

41.00

24.76

SALTA 

LA CALDERILLA

II

41.00

24.76

LA CALDERILLA

VAQUEROS

II

41.00

24.76

LA CALDERILLA

LA CALDERA

II

41.00

24.76

LA CALDERA

VAQUEROS

III

49.56

29.98

SALTA

LA CALDERA

IV

65.49

39.56

LOCAL

A

41.00

24.76

 

 

 

 

 

SERVICIOS QUIJANO

 

 

SECC

B. COMUN

ABONO SOCIAL

SALTA

SAN LUIS

I

41.00

24.76

QUIJANO 

LA SILLETA

I

41.00

24.76

SAN LUIS

QUIJANO

II

49.56

29.93

LA SILLETA

SALTA

II

49.56

29.93

SALTA

QUIJANO

III

66.08

39.90

LOCAL

A

41.00

24.76

 

 

 

 

 

SERVICIOS QUIJANO POR EL ENCON

 

 

SECC

B. COMUN

ABONO SOCIAL

QUIJANO 

LA SILLETA

I

41.00

24.76

LA SILLETA

SALTA

II

49.56

29.93

SALTA

QUIJANO

III

66.08

39.90

LOCAL 

A

41.00

24.76

 

 

 

 

 

SERVICIOS QUIJANO POR COLON

 

 

SECC

B. COMUN

ABONO SOCIAL

ROSARIO DE LERMA

QUIJANO

I

41.00

24.76

CERRILLOS 

SALTA

B

41.00

24.76

CERRILLOS 

QUIJANO

II

49.56

29.93

SALTA

QUIJANO

III

66.08

39.90

LOCAL

A

41.00

24.76

 

 

 

 

 

CORREDOR 7

 

 

 

 

 

SERVICIOS SAN AGUSTIN RUTA 26

 

 

SECC

B. COMUN

ABONO SOCIAL

SALTA

STA. ELENA

I

41.00

24.76

LOS PINOS

II

49.56

29.93

SAN AGUSTIN

III

66.08

39.90

LA MERCED

IV

82.00

49.53

 

LOCAL

A

41.00

24.76

 

LOCALIDADES 2

B

49.56

29.98

 

LOCALIDADES 3

C

74.32

44.90

 

 

 

 

 

  SERVICIOS SAN AGUSTIN RUTA 68

 

 

SECC

B. COMUN

ABONO SOCIAL

SALTA

CERRILLOS

I

41.00

24.76

LA MERCED

II

57.81

34.92

SAN AGUSTIN

III

74.32

44.90

SUMALAO

IV

106.78

64.50

 

LOCAL

A

41.00

24.76

 

LOCALIDADES 2

B

49.56

29.93

 

LOCALIDADES 3

C

74.32

44.90

 

 

 

 

 

SERVICIOS SAN AGUSTIN RUTA 21

 

 

SECC

B. COMUN

ABONO SOCIAL

SALTA

LAS PALMAS

I

41.00

24.76

LOS PINOS

II

49.56

34.92

SAN AGUSTIN

III

66.08

39.90

LA MERCED

IV

74.32

44.90

 

LOCAL

A

41.00

24.76

 

LOCALIDADES 2

B

49.56

29.98

 

LOCALIDADES 3

C

74.32

44.90

 

 

 

 

 

SERVICIOS SAN LORENZO

 

 

 

B. COMUN

ABONO SOCIAL

SALTA 

SAN LORENZO

41.00

24.76

SAN LORENZO

ATOCHA

41.00

24.76


Fuente: Secretaría de Prensa y Comunicación

Avisos de Interés