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El Ministerio de Trabajo concretó la primera denuncia penal en la provincia por trabajo infantil

Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable Noticias de Salta 18/09/2013 09:00

Desde la promulgación de la nueva ley 26847, vigente desde el 20 de marzo de este año, esta es la primera denuncia que se formula en la provincia por la presunta comisión de trabajo infantil.

El Ministerio de Trabajo concretó la primera denuncia penal en la provincia por trabajo infantil

Inspecciones de trabajo

Tras el operativo realizado por inspectores de la Policía de Trabajo en una finca del paraje Corralito, General Ballivián, en el que constataron la presencia de un menor trabajando en tareas de desmonte, se elevaron las actuaciones al Ministerio Público, a través del expediente 1832/13, para que las Fiscalías Penales investiguen la posible comisión del delito.

Desde la promulgación de la nueva ley 26847, vigente desde el 20 de marzo de este año, esta es la primera denuncia que se formula en la provincia por la presunta comisión de trabajo infantil.

El Código Penal al introducir el artículo 148 bis, tipifica al aprovechamiento económico del trabajo de niño, como un delito. Los inspectores, como funcionarios públicos, tienen la obligación de denunciar la presencia de estos casos a la justicia.

El ministro de Trabajo, Eduardo Costello, y el titular del Ministerio Público Pablo López Viñals acordaron a través de un convenio de cooperación un mecanismo de transferencia de información relativa a la comisión de infracciones penales, que en caso de verificarse prevé penas de 1 a 4 años de prisión a quien ejerza la explotación laboral de menores.

El acta de constatación 0010 que elaboraron los inspectores de trabajo consigna que el menor de 14 años “concurre a clases únicamente cuando no está trabajando y actualmente cursa el 5° grado de la escuela 4.525 del paraje La Emboscada”. Este documento originó el expediente interno 64-198392/13 que a su vez la Secretaría de Trabajo elevó a la Fiscalía de Tartagal -que es la que corresponde por competencia territorial– con el 1832/13.

La ley de Prohibición del Trabajo Infantil y la Protección del Trabajo Adolescente (26390) elevó la edad mínima de admisión al empleo a 16 años para todo tipo de actividad con o sin fines de lucro y prohibió el trabajo a menores de 18 en tareas peligrosas, riesgosas, nocturnas o insalubres.
 


Fuente: Secretaría de Comunicación

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