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El Ministerio de Gobierno intimó a COAGRO a cesar la fumigación compulsiva en el ingreso a General Güemes

Ministerio de Gobierno y Justicia Noticias de Salta Gobierno 07/04/2016 09:55

La empresa fue notificada por la Secretaría de Defensa del Consumidor. Si se niega a presentar la información requerida se iniciará un sumario administrativo y podría ser sancionada conforme al Código Penal. No fue autorizada a operar por este organismo.

El Ministerio de Gobierno intimó a COAGRO a cesar la fumigación compulsiva en el ingreso a General Güemes

El Ministerio de Gobierno intimó a COAGRO a cesar la fumigación compulsiva en el ingreso a General Güemes

COAGRO SRL fue intimada por el Ministerio de Gobierno a finalizar la fumigación compulsiva de los vehículos que pasan o ingresan al municipio de General Güemes. La empresa tiene 48 horas para informar los motivos por los que realiza la tarea y los lugares donde la lleva adelante, como así también para presentar una copia del contrato que la autoriza a cobrar una tarifa.

La notificación fue emitida por la Secretaría de Defensa del Consumidor y en la misma se advierte a la empresa que se iniciará un sumario administrativo si se niega a presentar la información solicitada, en la que debe consignar además el costo de la fumigación, la fecha de inicio de la actividad, la cantidad de prestaciones brindadas y si hubo variaciones en el valor del pago requerido. Esto, conforme a lo que establece la ley de Lealtad Comercial.

“Hágase saber que toda actitud remisa y/o evasiva al cumplimiento del presente podrá acarrear consecuencias previstas en el artículo 239 del Código Penal”, agrega la notificación firmada por la titular del organismo Carina Iradi. La funcionaria recordó que la empresa no fue autorizada a operar por el Ministerio de Gobierno. 

El artículo 239 está incluido en el capítulo I de los Delitos contra la Administración Pública. El mismo indica: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.

 


Fuente: Secretaría de Comunicación

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