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El caso de una niña salteña hija de padres trans sienta precedente en derecho a la identidad

Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta 27/05/2014 06:53

Se rectificó la partida de nacimiento de una niña cuyos padres habían modificado su género luego de que la inscribieran, ejerciendo sus derechos a partir de la sanción de la ley 26743, que establece el derecho a la identidad de género de las personas.

El caso de una niña salteña hija de padres trans sienta precedente en derecho a la identidad

Foto ilustrativa

La solicitud de rectificación de la partida de nacimiento de una niña salteña iniciada por sus padres sentó un precedente en lo vinculado a la identidad de los niñas, niñas y adolescentes en Argentina. Los padres son personas trans que habían logrado la modificación de sus géneros ejerciendo su derecho  estipulado en la ley referida a la identidad de género,  ley 26743.

La inscripción en registros de la menor fue anterior a la ley de Identidad de género, por lo que los padres en la documentación original de la partida de nacimiento de la niña figuraban con un género no coincidente con sus documentos actuales. Para rectificar la identidad y actualizar la información, la Fiscalía del Estado provincial asesora al Registro Civil respecto a la celeridad del trámite en tanto se atiende al “interés superior del niño”, como lo destaca la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

La fiscal de Estado, Mónica Lionetto, explicó que la consulta llegó a Fiscalía y que la resolución fue que el trámite se realice en la instancia administrativa sin que sea necesaria la intervención de la justicia. Asimismo, se aclaró que es una adecuación de la documentación de la niña que deben modificarse a partir del cambio que sus padres habían realizado a sus datos filiatorios originarios que acreditaban su identidad. “La ley de Identidad de Género produce una serie de cambios y consecuencias que hay que ir adecuando para que tenga plena operatividad”. Recordó además que el principio de la ley es allanar los obstáculos que sean barreras para la modificación de los registros. Y agregó que los Registros Civiles, por la ley que los rige, están habilitados sólo para hacer rectificaciones cuando se han cometido errores u omisiones. Como en este caso los padres al momento de la inscripción de la niña tenían una identidad de género diferente a la actual, se habilita al Registro a considerar esta incongruencia como un error y hacer la rectificación en lo administrativo para preservar el ejercicio pleno de los derechos de la niña.

Respecto al asesoramiento sobre los derechos de las personas trans, la ministra de Derechos Humanos, Marianela Cansino, informó que la Provincia constantemente visibiliza y promociona los derechos de las personas trans y de otros colectivos, para lo que se creó la Mesa de la Diversidad que promueve la asistencia también en el interior provincial.  Por su parte el   Secretario de Derechos Humanos, Martín García Cainzo, recordó que en la capital salteña, las personas que deseen ser informadas sobre los derechos referidos a su identidad de género pueden concurrir a la secretaría sita en Santiago del Estero 2291 (esquina Luis Burela) donde recibirán asistencia gratuita. 


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Fuente: Secretaria de Comunicaciones

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