Jefatura de Gabinete de Ministros


Gobernación

Competencias

Compete al Jefe de Gabinete de Ministros asistir al Gobernador en la articulación y coordinación de las actividades de los Ministerios, y en particular:

  • Desempeñar las funciones y ejercer las atribuciones que le sean delegadas por el Gobernador de la Provincia y, en acuerdo de gabinete, decidir sobre las materias que le encomiende el Poder Ejecutivo. Por iniciativa propia también podrá disponer respecto de aquellas que considere necesario, dentro del ámbito de su competencia.
  • Dictar los actos y reglamentos necesarios para el ejercicio de las facultades conferidas y aquellas que le delegue el Gobernador de la Provincia, con el refrendo del Ministro del área a la que dichos instrumentos se refieran.
  • Coordinar, preparar y convocar las reuniones de Gabinete de Ministros, y presidiéndolas en caso de ausencia del Gobernador.
  • Podrá concurrir a las sesiones de las Cámaras Legislativas, interviniendo en sus deliberaciones y debates, formulando aclaraciones u observaciones sobre los asuntos tratados y ejerciendo el uso de la palabra, en la medida que se lo permita la reglamentación interna de cada Cámara. En todos los casos, su participación será con voz pero sin voto.
  • Coordinar la elaboración de los informes y explicaciones verbales o escritos que cualquiera de las Cámaras solicite al Poder Ejecutivo.
  • Podrá concurrir a la Legislatura para informar acerca de los planes de Gobierno y de su ejecución, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución Provincial.
  • Asistir al Gobernador en el diseño, formulación y ejecución de las políticas públicas orientadas al crecimiento y al progreso integral de la Provincia.
  • Entender en la política de proveer a las necesidades de la prosperidad económica y a las necesidades de las obras públicas de interés provincial.
  • Entender en las relaciones con los municipios vinculadas a la descentralización de recursos, infraestructura y servicios, coordinando con las áreas que posean competencia en asuntos comunales.
  • Entender en la elaboración y ejecución del plan único de obras públicas de la Provincia, implementando acuerdos con los restantes ministros para los planes de construcciones escolares y hospitalarias.
  • Entender en lo referido al sistema normativo de las obras públicas.
  • Entender en la formulación de planes de obras públicas y de emprendimientos susceptibles de crear inmediatas fuentes de trabajo.
  • Entender en las políticas de promoción y proveer sistemas para optimizar las soluciones habitacionales.
  • Entender en las relaciones con las entidades autárquicas creadas por Ley Nacional 24.464 y por Leyes Provinciales 5167 y 6843.
  • Entender en la planificación y ejecución de las obras necesarias para conservar y mejorar la capacidad instalada de la infraestructura educativa, cultural, deportiva y de salud, coordinando con los ministros que correspondan, los pertinentes planes.
  • Entender en las obras necesarias para el aprovechamiento de las cuencas y recursos hídricos, coordinando con el Ministerio de Producción y Minería.
  • Entender en la planificación y ejecución de planes de viviendas urbanas, promoviendo, con los organismos financieros provinciales, programas de financiamiento tendientes a una efectiva participación de entidades intermedias en la construcción de aquellas y en el recupero de los créditos.
  • Ejecutar los estudios, proyectos y dirección de las obras públicas de su competencia.
  • Participar en lo relacionado con el registro, la inscripción, fijación de las capacidades y calificación de empresas ejecutoras de obras y proveedoras, regidos por las Leyes correspondientes.
  • Entender en la supervisión, fiscalización y control de las concesiones del área de su competencia.
  • Entender en todo lo relativo al diseño, implementación y ejecución de los proyectos estratégicos en desarrollo y los que el Poder Ejecutivo determine y le asigne con posterioridad, requiriendo, si es necesario, la participación de las empresas públicas en su desarrollo y realización.
  • Entender en la realización y actualización del catastro, del registro de la propiedad inmobiliaria privada y fiscal, y en los demás derechos reales inmobiliarios.
  • Entender en la preservación y control del patrimonio físico del Estado.
  • Entender en el desarrollo de las tierras fiscales.
  • Entender en las relaciones institucionales del Gobierno de la Provincia de Salta con estados extranjeros y organismos internacionales.
  • Entender en las relaciones del Poder Ejecutivo con el Consejo Económico Social.
  • Entender en las relaciones del Gobierno de la Provincia con los Municipios.
  • Entender en las políticas de promoción nacional e internacional de la provincia de Salta.
  • Entender en la difusión de la obra de gobierno e información oficial.
  • Entender en el financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros, excepto el financiamiento que tenga como objeto principal la realización de obras de infraestructura.

El Jefe de Gabinete de Ministros tiene rango de Ministro e idéntico tratamiento protocolar y retribución de éstos.

 

 

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 Sergio Camacho Jefe de Gabinete de Salta

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