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Parejas de Santa Victoria Oeste y de Capital son primeras en inscribirse en el registro de uniones convivenciales

Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta 13/08/2015 17:15

Ambas firmaron las actas hoy en el Registro Civil. Uniones convivenciales es una nueva figura establecida en el Código Civil y Comercial. La Provincia creó un subprograma específico.

Dos parejas, una de Santa Victoria Oeste y otra de Capital, se inscribieron esta mañana en el registro de uniones convivenciales que habilitó el Registro Civil, en cumplimiento del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Son las dos primeras desde que esa figura se puso en vigencia la semana anterior.

Las actas se firmaron en la sede central del organismo, Almirante Brown 160. Desde el lunes de la semana anterior las consultas son permanentes sobre los requisitos para la inscripción.

“Uniones convivenciales es una de las figuras novedosas del nuevo Código que reconoce la complejidad de una sociedad multicultural, los derechos y deberes de los convivientes. Ahora se simplificó el trámite y se pueden inscribir directamente en el Registro Civil”, indicó el secretario de Gobierno, Santiago Godoy (h), y recordó que todo el personal fue capacitado.

El funcionario informó que las personas con un proyecto de vida en común y una relación afectiva estable pueden inscribirse para acreditar la unión convivencial, “que da derechos sobre los hijos en común, la casa que puede quedar protegida. La pareja tiene derecho a realizar pactos y los integrantes declarar qué tipos de bienes llevan a la convivencia y qué pasaría en caso de que decidan concluir con el vínculo”.

Godoy mencionó que la ley contempla también una compensación económica para el integrante de la pareja que quede en situación de desventaja en caso de una separación. 

Detalles

·         El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación establece que la figura unión convivencial se aplica a la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, público, notorio, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida en común, sean del mismo o de diferente sexo.

·       Los integrantes deben ser mayores de edad, no estar unidos por vínculos de parentesco por afinidad en línea recta, no tener impedimento de ligamen ni estar registrada otra convivencia de manera simultánea y que mantener convivencia durante un período no inferior a los dos años.

·        La unión convivencial puede acreditarse por cualquier medio. La inscripción en el registro es prueba suficiente de su existencia.

·       Para inscribirse la pareja debe presentar acta de nacimiento actualizada y legalizada, DNI, dos testigos mayores, si existe una unión previa se deberá acreditar su cancelación, si hay un pacto de convivencia previo debe ser presentado.

Inscripciones y subprograma

Las inscripciones de uniones convivenciales se realizarán en la oficina central y en las delegaciones del Registro Civil de Cafayate, Joaquín V. González, Metán, Rosario de la Frontera, Orán y Tartagal, sin importar el domicilio de la pareja.

El Gobierno de la Provincia creó el Subprograma Uniones Convivenciales del Programa Demografía de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.

En el decreto se establece la necesidad de crear esta área específica, de acuerdo con el artículo 511 del nuevo Código (la existencia, extinción y los pactos de convivencia que se hayan celebrado deberán registrarse, a los fines probatorios, en el registro que corresponda a la jurisdicción local).


Fuente: Secretaría de Comunicación

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