Obras sociales y prepagas deben respetar las prestaciones que ofrecen a los usuarios
Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta 12/11/2015 17:40Defensa del Consumidor y la Superintendencia de Servicios de Salud delinearon acciones para resguardar los derechos de los consumidores.
La Secretaría de Defensa del Consumidor y la Superintendencia de Servicios de Salud delinearon acciones en un plan de trabajo que atenderá los conflictos que pudieran ocasionarse con afiliaciones y/o accesibilidad en la prestación, garantizando derechos inalienables a través del control y regulación estatal.
Ambos organismos coincidieron sobre este tema en una reunión que mantuvieron sus titulares Alejandra Chuchuy y Susana Fernández. En el encuentro, la funcionaria provincial brindó detalles de los expedientes que tramita el organismo con respecto a los tratamientos y coberturas que ofrecen las prestadoras de salud.
Fernández indicó que la Superintendencia de la Salud es el ente de regulación y control de los actores del Sistema Nacional del Seguro de Salud; por lo tanto, supervisa, fiscaliza y controla a las obras sociales y a otros agentes del sistema, “con el objeto de asegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción, preservación y recuperación de la salud de la población y la efectiva realización del derecho a gozar las prestaciones de salud establecidas en la legislación”.
Durante el encuentro plantearon las problemáticas y reclamos que ambos organismos reciben a diario con respecto a las modalidades en la cobertura de la salud, acceso a prestaciones o servicios.
En este sentido, Defensa del Consumidor recomienda tener en cuenta los siguientes aspectos:
• Los aumentos de las cuotas de los servicios de medicina prepaga deben estar autorizados por el Ministerio de Salud de la Nación a través de una resolución. Las entidades de medicina deben notificar la suba de manera fehaciente a los usuarios.
• Para los casos de beneficiarios con discapacidad, la cobertura debe prestarse sin restricciones, con la presentación de la prescripción actualizada de la prestación solicitada por el médico tratante de la obra social o prepaga.
• Servicio doméstico y monotribustistas sociales pueden optar libremente la obra social a la que desean ingresar, pudiendo optar nuevamente cuando se haya cumplido un año.
• Empleados en relación de dependencia, a través de un trámite gratuito, personal e intransferible, pueden ejercer el derecho a opción, realizando dicho trámite en la sede de la obra social elegida, presentando DNI del titular y recibo de haberes.
• Unificación de aportes para cónyuges o concubinos, sean trabajadores en actividad, monotributo, servicio doméstico, jubilados y pensionados, podrán unificar presentando una solicitud firmada por ambos, certificado de matrimonio o convivencia, copia de DNI y los tres últimos recibos de sueldo.
Al momento de elegir una obra social es conveniente tener en cuenta:
• Si tiene cobertura en su zona de residencia.
• Si la cartilla de prestaciones ofrece clínicas, sanatorios, consultorios, farmacias, etc.
• Los servicios que brinda: línea telefónica gratuita de consulta, oficinas de atención personalizada, email, etc.
Obligaciones de la Obra Social elegida:
• La Obra Social debe brindar como mínimo las prestaciones del Programa Médico Obligatorio (PMO) y otras coberturas obligatorias, sin carencias, preexistencias o exámenes de admisión. El afiliado puede elegir abonar un plan superador al PMO. La correspondiente cuota adicional queda a cargo del beneficiario.
Fuente: Secretaría de Comunicación