Banco Itaú multado por Defensa del Consumidor
Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo Noticias de Salta 09/05/2013 10:15La entidad bancaria fue sancionada por no cumplir con el envío de los resúmenes de la tarjeta de crédito y débito al domicilio del cliente.
La Secretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Gobierno, a cargo de Santiago Godoy (h) sancionó al Banco Itaú tras haber constatado infracciones a los artículos 4 y 8 bis de la Ley 24.240 que protege a consumidores y usuarios.
La multa por 5 mil pesos fue confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial - Salta V. La misma de debió a la falta en el deber de información y trato indigno.
El expediente se inició en el Organismo con la denuncia de un consumidor que reclamó al banco la falta de envíos de los resúmenes de la tarjeta de crédito y débito a su domicilio. Motivo por el cual debía concurrir todos los meses a la sucursal para abonar sin tener conocimiento del monto a pagar.
Ante ésta situación presentó su reclamo en la secretaría de Defensa del Consumidor, con el fin solucionar el incumplimiento que tenía el banco con la emisión de los resúmenes de su cuenta.
Luego de celebradas las audiencias de conciliación las partes no arribaron a un acuerdo, iniciándose así la correspondiente imputación por infracción a la normativa vigente.
Es necesario destacar que en el descargo que presenta la firma denunciada, niega la existencia de la infracción a la Ley 24.240 y ofrece pruebas del correo oficial a los fines de demostrar que sí enviaba los resúmenes al denunciante. Que luego en la apertura de pruebas desiste enviarlos.
Se debe tener presente que la norma expresa en el art. 22 de la Ley 25.065 de Tarjetas de Crédito dispone: “El emisor deberá confeccionar y enviar mensualmente un resumen detallado de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados.”
Godoy explicó que “ésta normativa es clara y pone a cargo del emisor de la tarjeta el envío de los resúmenes, con un detalle de las operaciones realizadas a fin de que el consumidor pueda evaluar, controlar y conocer las operaciones efectuadas”.
Fuente: Secretaría de Comunicación